¿Cómo se consigue una expendeduría de tabaco y timbre?
Las expendedurías se conceden bien por Concurso Público publicado en el Boletín Oficial del Estado
(BOE) o por transmisión de una expendeduría existente siempre que se cumplan las condiciones
establecidas en la Ley 13/98, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria y en su reglamento de desarrollo para acceder a titularidad de una expendeduría.
Todos los supuestos de transmisión deberán ser objeto de autorización por el Comisionado para el Mercado del Tabacos.
Hay que tener en cuenta, igualmente que el titular que desee transmitir la expendeduría debe haber ejercido esta actividad por un periodo mínimo de cinco años, salvo en aquellos casos en que se
produzca una incapacidad sobrevenida y siempre que dicho titular no estuviese incurso en un procedimiento sancionador por infracción a la normativa tabaquera vigente.
¿Por cuánto tiempo se conceden las expendedurías?
Por 25 años.
¿Son renovables dichas concesiones ?Si, por periodos de 25 años
¿Quiénes pueden ser estanqueros?
Solo las personas físicas con capacidad para el ejercicio del comercio (ninguna empresa ni sociedad), nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea.
¿Qué otros requisitos necesita el concursante?
Principalmente, disponer de un local (propiedad,
arrendamiento, cesión, etc.); no estar declarado en quiebra, ni suspensión de pagos; no ser deudor de la Administración Pública, no haber sido condenado, hallarse procesado o sancionado por
contrabando y no haber dado lugar a la revocación de una concesión (expendeduría) o autorización de un punto de venta con recargo (PVR).
¿Puede una misma persona ser titular de dos o más expendedurías?
No. Tampoco puede serlo el
titular de un punto de venta con recargo (PVR).
¿Es obligatorio residir en la localidad convocada?
No. Pero debe residir en una localidad
cercana.
¿Es obligatorio gestionar directamente la expendeduría?
Sí. Sin perjuicio de la ayuda de
dependientes.
¿El adjudicatario está obligado a efectuar algún otro pago?
Sí. Un canon anual calculado según criterios de
población y volumen de negocio.
¿Qué márgenes le quedan al expendedor de las ventas realizadas?
Los siguientes porcentajes
calculados sobre el precio de venta al público:
9% de la venta de cigarros
8,5% de la venta de todas las labores del tabaco exceptuando los cigarros
4% de la venta de efectos timbrados y signos de franqueo
¿Se puede cambiar de lugar una expendeduría?
Siempre que se cuente con la autorización del
Comisionado para el Mercado de Tabacos.
Entre otras condiciones que se exigen, el traslado de la expendeduría debe efectuarse dentro del mismo municipio a menos de 1.500 metros de su localización original y a una distancia mínima de 150
metros de las tres expendedurías más cercanas.
¿Ante qué Organismo se tramitan los asuntos relacionados con las Expendedurías de Tabaco y Timbre?
Ante el Comisionado para el Mercado de Tabacos